martes, 23 de octubre de 2012

Evaluación del Desempeño de los maestros peruanos

El Desempeño Docente en la Reforma Magisterial

Prof. Carlos A. Yampufé Requejo
El factor más importante en el desarrollo profesional de un docente, como un cuadro de decisión es la evaluación; el artículo 13 del texto sustitutorio de la LRM pone de manifiesto que en la Carrera Pública Magisterial se realizan cuatro (04) tipos de evaluaciones: para el ingreso a la carrera, de desempeño laboral, para el ascenso, para acceder a cargo en las diferentes áreas de desempeño.   

Todas las evaluaciones son importantes, pero hay una de la que ningún profesor está libre: la del desempeño, esta es la única obligatoria, las demás son voluntarias; el primer párrafo del artículo 23 menciona: La evaluación del desempeño docente es condición para la permanencia en la carrera pública magisterial. Es obligatoria y se realiza máximo cada cuatro años; así mismo el artículo 24 dice: La evaluación de desempeño tiene como finalidad comprobar el grado de desarrollo de las competencias y desempeños profesionales del profesor en el aula, la institución educativa y la comunidad. Esta evaluación se basa en los criterios de buen desempeño docente contenidos en las políticas de evaluación establecidas por el Ministerio de Educación.

Uno de los grandes problemas que se pueden presentar es cuando nos preguntamos ¿Quién evalúa?, tenemos muchos cuestionamientos con respecto a un comité de evaluación del desempeño liderado por el Director de la escuela, ya que muchos docentes no quieren que este los evalúe, por que sienten que los juicios del director son muchas veces arbitrarios y se tiene el temor que se aproveche de su situación para cometer abuso de autoridad. El Marco de Buen Desempeño Docente que propuso el CNE y pulido por el Ministerio de Educación se constituye en el referente de todos los profesores, para que cualquier evaluación se sujete a este marco y no pueda haber alguna evaluación de otra naturaleza.

El Marco de Buen Desempeño Docente define las competencias y los desempeños claves que caracterizan una buena docencia y que son exigibles a todo docente de Educación Básica Regular del país; constituye un acuerdo técnico y social entre el Estado, los docentes y la sociedad en torno a las competencias que se espera dominen las profesoras y los profesores del país, en sucesivas etapas de su carrera profesional, con el propósito de lograr el aprendizaje de todos los estudiantes. Se trata de una herramienta estratégica de una política integral del desarrollo docente.

La estructura del Marco de Buen Desempeño Docente contiene a 4 Dimensiones, 9 Competencias y 40 Desempeños:
El primer Dominio Comprende la planificación del trabajo pedagógico a través de la elaboración del programa curricular, las unidades didácticas y las sesiones de aprendizaje en el marco de un enfoque intercultural e inclusivo. Refiere el conocimiento de las principales características sociales culturales y cognitivas de sus estudiantes, el dominio de los contenidos pedagógicos y disciplinares, así como la selección de materiales educativos, estrategias de enseñanza y de evaluación del aprendizaje. Este dominio contiene

El segundo Dominio comprende la conducción del proceso de enseñanza por medio de un enfoque que valore la inclusión y la diversidad en todas sus expresiones. Refiere la mediación pedagógica del docente en el desarrollo de un clima favorable al aprendizaje, el manejo de los contenidos, la motivación permanente de sus estudiantes, el desarrollo de diversas estrategias metodológicas y de evaluación, así como la utilización de recursos didácticos pertinentes y relevantes. Incluye el uso de diversos criterios e instrumentos que facilitan la identificación del logro y desafíos en el proceso de aprendizaje, además de los aspectos de la enseñanza que es preciso mejorar. Este dominio contiene

El tercer Dominio comprende la participación en la gestión de la escuela o la red desde una perspectiva democrática para configurar la comunidad de aprendizaje. Refiere la comunicación efectiva con los diversos actores de la comunidad educativa, la participación en la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, así como la contribución al establecimiento de un clima institucional favorable. Incluye la valoración y respeto a la comunidad y sus características y la corresponsabilidad de las familias en los resultados de los aprendizajes. Este dominio contiene

El cuarto Dominio comprende el proceso y las prácticas que caracterizan la formación y desarrollo de la comunidad profesional de docentes. Refiere la reflexión sistemáticamente sobre su práctica pedagógica, la de sus colegas, el trabajo en grupos, la colaboración con sus pares y su participación en actividades de desarrollo profesional. Incluye la responsabilidad en los procesos y resultados del aprendizaje y el manejo de información sobre el diseño e implementación de las políticas educativas a nivel nacional y regional.


A continuación el documento preliminar del Marco de Buen Desempeño Docente:
PPT Marco de Buen Desempeño Docente_JORNADAS


o bajar el documento en: http://www.perueduca.pe/documents/60563/ec209086-3f45-49bd-85ad-359a11653a87
Marco del Buen Desempeño_ FINAL

lunes, 22 de octubre de 2012

la condición fundamental es pasar tiempo en una misma escala magisterial


Reforma Magisterial: ¿Meritocracia o tiempo de servicios?

Prof. Carlos A. Yampufé Requejo
Con la finalidad de que todos los maestros de la escuela pública se encuentren a un mismo régimen laboral y el afán que el magisterio peruano no se encuentre dividido, no solo remunerativamente, sino sin enfrentamientos entre ellos en las aulas. El congreso en su comisión de educación debate su propuesta de derogar las leyes existentes y obtener una nueva ley que integre a todos los maestros del Perú; se tienen dos cuestionamientos que requieren de respuesta clara y precisa: (1) ¿Cuáles son los aspectos favorables y desfavorables para los maestros? (2) ¿aporta la LRM a la mejora de la calidad educativa?

Al parecer la situación se torna antagónica en el sentido en que el proyecto de Ley postula que a través de la reforma del magisterio se mejorará la calidad educativa, pero con el aparente “sacrificio” de los docentes que deben someterse a un proceso que evaluará su desempeño y si no demuestran capacidades pedagógicas tendrán que pasar a un programa de reconversión laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

La Comisión dictaminadora considerada que, la unificación en una sola norma legal, de la normatividad del Profesorado y de la Carrera Pública Magisterial, sobre la base de la MERITOCRACIA y al servicio del aprendizaje de los educandos.

Debiera se la finalidad de la norma, que el Magisterio tenga la oportunidad de ser incorporado a un régimen de mejora continua y de evaluación; que supere el problema de desorden remunerativo en las planillas actuales, ocasionado por interpretaciones incorrectas y confusión en los conceptos remunerativos.

En este contexto se proponen 8 escalas magisteriales, a los que el profesor puede acceder sobre la base de sus méritos a lo largo de los años de su vida laboral activa. Los años de permanencia en cada nivel van de tres a cinco años, que en conjunto suman 30 años de servicio en el Estado; aquí tenemos una situación no tan cierta para los docentes que estamos entre 10 y 30 años de servicio, aquí los cuadros presentados en el documento de Predictamen que circula en la web y merecen ser analizados:
ESCALAS
Mínimo de permanencia
40 Horas
30 Horas
24 Horas
VIII
Hasta el retiro
5,390.32
4,042.74
3,234.19
VII
5 años
4,768.36
3,576.27
2,861.02
VI
5 años
4,146.40
3,109.80
2,487.84
V
5 años
3,524.44
2,643.33
2,114.66
IV
4 años
2,902.48
2,176.86
1,741.49
III
4 años
2,591.50
1,943.63
1,554.90
II
4 años
2,280.52
1,710.39
1,368.31
I
3 años
2,073.20
1,554.90
1,243.92


LRM
ESCALA MAGISTERIAL
Total General
I
II
III
IV
V
VI
VII
VIII
Profesores
181,173
45,261
1,204
18,745
4,496
370
---
---
251,249
72.11%
18.01%
0.48%
7.46%
1.79%
0.15%
0.00%
0.00%
100.00%
Así mismo en la primera  y cuarta disposición complementaria se menciona: Los profesores nombrados pertenecientes al régimen de la Ley Nº 24029 comprendidos en los niveles magisteriales I y II son ubicados en la Primera Escala Magisterial, los del III nivel magisterial en la Segunda Escala Magisterial y los comprendidos en los niveles magisteriales IV y V son ubicados en la Tercera Escala Magisterial a que se refiere la presente Ley. Para facilitar su acceso a la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial, el Ministerio de Educación convoca excepcionalmente dos concursos públicos nacionales. Los profesores comprendidos en el I, II, III, IV y V nivel magisterial de la Ley N° 29062, son ubicados en la Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial de la presente Ley respectivamente.
Analizando el caso de un docente que se encuentra en el III nivel magisterial de la Ley del Profesorado, con 20 años de servicio, le correspondería ingresar a la segunda escala magisterial, luego participar del proceso excepcional de concurso público para alcanzar la cuarta escala, de allí en adelante (ya con 21 años de servicio como mínimo) deberá esperar 19 años para llegar a la octava escala magisterial, para este entonces el docente tendrá 40 años de servicio.     

En el caso de un docente que está en la CPM en V nivel con 25 años de servicio, pasará automáticamente a la sexta escala magisterial; tendrá que esperar 10 años más para recién alcanzar la octava escala, con 35 años de servicio a cuestas.

Más aún cualquier docente que ingrese a la nueva Ley como máximo logrará llegar el 2013 a la sexta escala magisterial, ninguno a la sétima y peor aún a la octava, quiere decir que no habría ningún docente por 10 años que gane una remuneración en estas escalas.  Vale la pregunta ¿meritocracia o tiempo de servicio?

viernes, 19 de octubre de 2012

Dictamen de la Comisión de Educación sobre la Ley de Reforma Magisterial

A COCACHOS APRENDÍ... MERITOCRACIA
Pre-dictamen de Proyecto de Ley de Reforma Magisterial propone que más del 72% pasen a primera escala magisterial y el 0,15% logren llegar a la VI escala. 


Prof. Carlos A. Yampufé Requejo

Habiendo ya, la Comisión de Educación, Juventud y Deporte del Congreso de la República, dado el PRE-DICTAMEN FAVORABLE con texto sustitutorio recaído sobre el Proyecto de Ley de Reforma Magisterial, con un texto amplio de fundamentos, se puede observar algunos elementos relevantes sobre la modificación a la propuesta del Ministerio de Educación:



Son nueve (9) Proyectos de Ley los que estaban pendientes de aprobación por parte de la Comisión de Educación que versaban sobre el régimen laboral de los maestros y sobre la deuda económica contraída por el estado para con el magisterio.
    • Ley de Reforma Magisterial - Presidencia de Consejo de Ministros.
    • Modificatoria a la Ley de la Carrera Pública Magisterial - Javier Velásquez y otros.
    • Ley del Profesor - Colegio de Profesores del Perú - SUTEP.
    • Ley de derechos y beneficios laborales del personal docente contratado - Acción Popular.
    • Nueva Ley del Profesorado - CPPe de Manuel Eusebio Rodriguez.
    • Ley para garantizar la continuidad de clases - Partido Nacionalista Gana Perú
    • Proyecto de Ley - Fujimorismo.
    • Ley de reconocimiento de la bonificación del 30% por preparación de clases y evaluación - Partido Nacionalista Gana Perú.
    • Vigencia de la Ley 24029 - Colegio de Profesores del Perú.  
Ya no hay Nivel magisterial, la carrera pública magisterial está estructurada en ocho (8) escalas magisteriales y cuatro (4) áreas de desempeño laboral. Las escalas magisteriales y el tiempo mínimo de permanencia en cada una de éstas son:
ESCALAS
Mínimo de permanencia
40 Horas
30 Horas
24 Horas
VIII
Haber si llegas
5,390.32
4,042.74
3,234.19
VII
5 años
4,768.36
3,576.27
2,861.02
VI
5 años
4,146.40
3,109.80
2,487.84
V
5 años
3,524.44
2,643.33
2,114.66
IV
4 años
2,902.48
2,176.86
1,741.49
III
4 años
2,591.50
1,943.63
1,554.90
II
4 años
2,280.52
1,710.39
1,368.31
I
3 años
2,073.20
1,554.90
1,243.92

LRM
ESCALA MAGISTERIAL
Total General
I
II
III
IV
V
VI
VII
VIII
Profesores
181,173
45,261
1,204
18,745
4,496
370
---
---
251,249
72.11%
18.01%
0.48%
7.46%
1.79%
0.15%
0.00%
0.00%
100.00%
Estos dos párrafos y los cuadros precedentes  nos inducen a manifestar que deben pasar 10 años para que un docente pueda alcanzar la máxima escala (siempre y cuando el 2013 logre llegar a la VI escala), la pregunta que podemos hacer los docentes para hacerlo realidad en el caso que no estemos en la sexta escala y tenemos 20 años de servicio, casi imposible de alcanzar.  
Desaparecen los beneficios laborales como el 30% de preparación de clases y evaluación, pasan a ser parte de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM).

En cuanto a la permanencia en la Carrera Pública Magisterial: La evaluación del desempeño docente es condición para la permanencia en la carrera pública magisterial. Es obligatoria y se realiza máximo cada cuatro años. Los profesores que no aprueban la evaluación de desempeño docente en la primera oportunidad, reciben una capacitación destinada al fortalecimiento de sus competencias profesionales. Al término de esta capacitación participan en una única evaluación extraordinaria. En caso que el docente no aprobara esta única evaluación extraordinaria, es retirado de la carrera pública magisterialPara esta evaluación extraordinaria no puede transcurrir más de doce (12) meses. Los profesores retirados de la carrera pública magisterial pueden acceder al programa de reconversión laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

El ascenso es el mecanismo de progresión gradual en las escalas magisteriales definidas en la presente ley, mejora la remuneración y habilita al docente para asumir cargos de mayor responsabilidad. El ascenso se realiza a través de concurso público máximo cada tres años.

Los profesores nombrados pertenecientes al régimen de la Ley Nº 24029 comprendidos en los niveles magisteriales I y II son ubicados en la Primera Escala Magisterial, los del III nivel magisterial en la Segunda Escala Magisterial y los comprendidos en los niveles magisteriales IV y V son ubicados en la Tercera Escala Magisterial a que se refiere la presente Ley. Para facilitar su acceso a la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial, el Ministerio de Educación convoca excepcionalmente dos concursos públicos nacionales.

Los profesores comprendidos en el I, II, III, IV y V nivel magisterial de la Ley N° 29062, son ubicados en la Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial de la presente Ley respectivamente.

El Ministerio de Educación establece un incentivo económico diferenciado, para los profesores que obtengan el grado académico de Maestría o Doctorado, en Educación o áreas académicas afines, en universidades debidamente acreditadas. Este incentivo se otorga por única vez. Los profesores que a la fecha de la vigencia de la presente ley, que tienen maestría y doctorado continuarán percibiendo la asignación por dicho concepto.
A partir del año 2014, la jornada laboral de 24 horas del docente de nivel secundario de la modalidad de Educación básica regular, se incrementa a razón de dos horas pedagógicas semanales, por año, hasta alcanzar en el 2016 una jornada de 30 horas pedagógicas.
El Ministerio de Educación autoriza, cada dos años, la convocatoria para el concurso público de ingreso (Nombramiento) a la carrera pública magisterial, el mismo que se realiza en dos etapas: la primera de conocimientos a cargo del MINEDU y la segunda de capacidad didáctica a cargo de la Institución Educativa.

El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Educación determina la remuneración del profesor contratado. Esta remuneración es equivalente a la establecida para la Primera Escala Magisterial.

En conclusión este dictamen de la Comisión de Educación es más desalentador para cierta parte de los maestros, en contraposición de los estudiantes y sus aprendizajes de niños y niñas, poniéndonos en la situación de un padre o una madre de familia que matricula a su menor hijo en una escuela pública con la esperanza que desarrolle aprendizajes de calidad con equidad. ¿Qué podríamos decir de las expectativas que tienen los padres de familia para con la escuela, para con los docentes y para con sus hijos?, lo más lógico es pensar que la escuela sea acogedora, que los docentes estén bien preparados y ejerzan profesionalmente su labor y que sus hijos obtengan aprendizajes significativos y de calidad.